El trabajador tiene derecho a la reducción de jornada de trabajo por cuidado de hijo menor de ocho años.
El art. 37.5 del Estatuto de los Trabajadores, otorga el derecho de
reducción de jornada de trabajo por cuidado de hijo menor de ocho años.
Puede ser por cuidado de tu hijo o hijo de tu pareja, siempre que el
menor conviva contigo. El trabajador tiene derecho, además de reducir su
jornada de trabajo, a establecer el
horario que mas le interese. Este es un derecho que tiene el trabajador
y que no puede ser limitado por el Convenio Colectivo ni por el
empresario.
El empresario podrá oponerse al horario elegido en
la reducción de jornada de trabajo por cuidado de hijo. Ante dicha
negativa, puedes acudir al Juzgado de lo Social, interponiendo una
demanda y, salvo que el empresario justifique perfectamente que el
horario elegido por el trabajador es inviable para el funcionamiento de
la empresa, será desestimada su oposición. Dicho procedimiento tiene un
trámite preferente y la resolución judicial es muy rápida.
¿Qué beneficios tienes con la reducción de jornada de trabajo por cuidado de hijo?
El empresario no puede despedirte improcedentemente, supondría un
despido NULO y por tanto, la readmisión inmediata a tu puesto de
trabajo.
Si el despido se produce por causas objetivas, la
indemnización a pagar por la empresa, será la misma que si estuvieses
trabajando a jornada completa.
En cuanto a la prestación por desempleo, se calculará también como si hubieras trabajado a jornada completa.
Según el art. 37.6 del Estatuto de los Trabajadores, la reducción de
jornada de trabajo por cuidado de hijo o por guarda legal, podrá ser de
entre un octavo y la mitad de la jornada completa. Normalmente los
Convenios Colectivos, no permiten reducir la jornada, quitándonos un día
completo de trabajo.
En cuanto a la solicitud de dicha
reducción de jornada de trabajo por cuidado de hijo menor de ocho años,
debes hacerlo por medio de un escrito que has de presentar en la empresa
y que sea sellado, con el fin de que te quedes con prueba documental de
que la has solicitado. Después debes asegurarte de que está bien
tramitado ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social, para no
tener problemas con cotizaciones, prestaciones, etc. Te aconsejamos
que, una vez, estés cumpliendo la reducción de tu jornada de trabajo,
solicites una fe de vida laboral, donde constará el número de horas que
trabajas y las cotizaciones que la empresa paga por ti.
Sobre
los conceptos económicos que se reducen con dicha reducción de jornada
de trabajo por cuidado de hijo, debes saber que lo que siempre se reduce
es el salario base, el prorrateo de pagas extras y la antigüedad, sin
que los demás conceptos deban reducirse.
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